Visas familiares
Reunir a las familias es el centro de nuestra práctica de inmigración.
Protección para jóvenes vulnerables a través de la corte de familia y la ley de inmigración
Para calificar para el SIJS, un joven primero debe obtener determinaciones de una corte de familia o de menores del estado de Washington. La corte debe determinar que:
El niño depende de la corte, ha sido puesto bajo la custodia de una persona o agencia, o está sujeto a un plan de crianza o tutela válido.
La reunificación con uno o ambos padres no es viable debido a abuso, negligencia o abandono.
No es en el interés superior del niño regresar a su país de origen.
Con esta orden judicial, el siguiente paso es presentar una petición ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) para obtener la protección del SIJS. Una vez aprobada, los jóvenes elegibles pueden solicitar después la residencia permanente (green card).
En Washington, herramientas del derecho familiar como los planes de crianza y las tutelas suelen ser la base de los casos de SIJS. Estos acuerdos legales permiten que la corte haga las determinaciones necesarias sobre la custodia, la seguridad y el interés superior del niño.
Al conectar las decisiones de la corte de familia con el alivio migratorio federal, el SIJS garantiza que los niños en riesgo reciban tanto protección legal como un futuro seguro.
Cada caso es único, pero el proceso general incluye:
Procedimiento en la corte estatal
Obtener un plan de crianza, una tutela o una orden de dependencia con las determinaciones necesarias para ser elegible al SIJS.
Petición ante USCIS
Presentar el Formulario I-360 (Petición para Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial) con los documentos de respaldo.
Ajuste de estatus
Cuando haya una visa disponible, presentar el Formulario I-485 para solicitar la residencia permanente legal.
El tiempo es crucial: las peticiones de SIJS deben presentarse antes de que el joven cumpla 21 años. Una orientación legal temprana ayuda a no perder oportunidades.
Enfrentar a la vez la corte de familia y la ley de inmigración puede resultar abrumador. En Yohana Valdez Law ofrecemos:
Experiencia en casos de SIJS: unimos los requisitos de las cortes de Washington con los requisitos migratorios federales.
Representación compasiva: enfocada en proteger a los jóvenes vulnerables.
Apoyo legal bilingüe: atendemos a las familias en inglés y en español.
Orientación personalizada: porque la historia de cada niño es única.
Estamos comprometidos con proteger a los niños y garantizar que tengan acceso a la seguridad y las oportunidades que merecen.
USCIS – Información general y guía de petición para Inmigrantes Juveniles Especiales (SIJ)
USCIS – Green card basada en la clasificación de Inmigrante Juvenil Especial
Manual de Políticas de USCIS – Volumen 6, Parte J: Inmigrantes Juveniles Especiales
Manual judicial de SIJS de Washington (para tribunales y profesionales)
Si su familia vive en Washington y cree que un niño podría calificar para el Estatus de Inmigrante Juvenil Especial, no espere. Estos casos tienen plazos estrictos y requieren trámites tanto en la corte de familia como ante inmigración.
Comuníquese hoy con Yohana Valdez Law para agendar una consulta y proteger el futuro de un joven.
Un niño no acompañado es una persona menor de 18 años que llega a EE. UU. sin un estatus migratorio legal y sin un padre o tutor legal disponible para brindarle cuidado y custodia.
No. Yohana Valdez Law no ofrece defensa contra la deportación ni representación en la corte de inmigración. Sin embargo, ayudamos a menores no acompañados con peticiones, vías hacia un estatus legal y la coordinación con las cortes estatales en casos como el Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJS).
El SIJS es una clasificación migratoria especial para niños que han sufrido abuso, negligencia o abandono por parte de uno o ambos padres. Ofrece un camino hacia la residencia permanente legal (green card) cuando una corte de familia o de menores hace ciertas determinaciones legales.
Sí. Una corte de familia del estado de Washington debe hacer ciertas determinaciones sobre la situación del niño antes de que pueda comenzar el proceso migratorio. Nuestra firma puede guiar a las familias tanto en los pasos ante la corte estatal como en los pasos migratorios federales.
En algunos casos, sí. Si el niño tiene un familiar que es ciudadano estadounidense o residente permanente y que reúne los requisitos, podemos ayudar a evaluar si la inmigración basada en la familia es una opción.
Cada caso es diferente. Le recomendamos agendar una consulta para revisar los antecedentes de su hijo, su situación de vivienda y su historial migratorio. A partir de ahí, podremos orientarle sobre los próximos pasos.
Los permisos de trabajo pueden estar disponibles según el caso migratorio o el tipo de petición del niño. Le asesoraremos sobre la elegibilidad como parte de la evaluación del caso.
Reunir a las familias es el centro de nuestra práctica de inmigración.
Ayudamos a las personas elegibles a solicitar protecciones como VAWA (Ley de Violencia contra la Mujer), visas U para víctimas de delitos y otros beneficios humanitarios…
Trabajamos con los padres para elaborar y formalizar planes de crianza que priorizan el interés superior del niño y dan estructura a la custodia y las visitas.